Visa de Transeúnte Laboral (TR-L) - Embajada de Venezuela en Brasil

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Visa de Transeúnte Laboral (TR-L)

Será competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, previa conformidad del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, la autorización del visado de Transeúnte Laboral. El contratante o trabajador deberá realizar la solicitud ante el referido Ministerio del Trabajo.

Requisitos:

  • Planilla de Solicitud de Visa debidamente completada.
  • Copia del Pasaporte original con una vigencia mínima de Seis (06) meses.
  • Una (01) foto reciente (De frente. A color, tamaño carnet y fondo blanco).
  • Copia certificada del permiso laboral expedido por el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.
  • Autorización de visa, expedida por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
  • Carta de extracto de Antecedentes Penales con menos de tres (3) meses de emisión.
  • Acta de inserción de matrimonio y/o partida de nacimiento (en caso de expedición de visa para él o la cónyuge y los hijos o hijas menores de 18 años de edad).
  • Demostrar mediante Títulos, Constancias de Experiencia Laboral u otro documento que avale su experiencia profesional.
  • Cualquier otra documentación que sirva de soporte para demostrar el objeto declarado en la solicitud laboral.

Nota: El costo del arancel consular debe ser consultado en la Representación Diplomática o Consular.

El visado de transeúnte laboral se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá una permanencia por igual período.